SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1087/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1087/2002-R

Fecha: 10-Sep-2002

III.2

III.2    Sin embargo, de  lo anotado precedentemente el Juez demandado al librar el mandamiento de desapoderamiento, ha cumplido con el principio procesal  de garantizar la  efectividad de los derechos reconocidos al ejecutante, ya que para hacer efectiva la protección jurisdiccional de su posesión  no existe otro medio que el desapoderamiento previo del ejecutado como una forma de ejecución forzosa de la obligación de entrega del inmueble ocupado a su legítimo titular, además de que cumplió  como ha ocurrido en el caso de autos.