SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1087/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1087/2002-R

Fecha: 10-Sep-2002

III.3

III.3    Por otra parte, como asevera la recurrente que canceló la totalidad de la deuda al ejecutante alega que existe controversia, la que debe ser resuelta en la vía legal que corresponda en la que podrá demostrar los hechos que cita, no siendo este recurso sustitutivo de otros medios o recursos que la ley franquea a las partes para la defensa de sus derechos que considera lesionados.