Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1115/2002-R
Fecha: 16-Sep-2002
III.1.
III.1. El día 17 de julio a horas 11:00 a.m., un civil sin identificarse ni portar orden de autoridad competente se hizo presente en el domicilio del recurrente Juanito Gudiño Cardozo sindicadado de la comisión del delito de asesinato previsto por el art. 252 CP, para conducirlo a dependencias de la Policía Técnica Judicial sin que exista mandamiento de detención en su contra, lugar donde permaneció por más de veinticuatro horas siendo remitido al Juez Cautelar el día 19 de julio, sobrepasando el término establecido por el art. 226 CPP.