SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1121/2002-R
Fecha: 16-Sep-2002
II.1
II.1 La recurrente, médica de profesión, como resultado de una convocatoria pública a la que se presentó, fue designada como Médica Residente en Dermatología mediante memorando 0045/01 de 1 de marzo de 2001, con el item 50068, estando sometida por ello al Reglamento Nacional de Residencia Médica que establece el sistema de evaluación periódica de tipo cognoscitivo, afectivo, y psicomotriz, el que no se cumplió al no haberla evaluado en forma escrita como se exige en las especialidades de Reumatología y Endocrinología, siendo informada posteriormente que reprobó las mismas, efectuando por ello los reclamos pertinentes ante lo cual se procedió a constituir un tribunal examinador que la evaluó mediante pruebas escritas obteniendo las notas de 20/100 y 77/100, respectivamente a las que sumadas 10 puntos por examen teórico-práctico y 10 por trabajos de investigación alcanzó la nota de aprobación de 63.6 puntos.