SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1121/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1121/2002-R

Fecha: 16-Sep-2002

II.4

II.4     El 19  de abril de 2002, la recurrente presenta queja ante el Coordinador de la Subcomisión de Post Grado, señalando que en las materias de Reumatología y Endocrinología, no fue evaluada de acuerdo al Reglamento Nacional de Residencia Médica, pero que en el mes de marzo de este año fue evaluada en ambos campos, obteniendo una nota que en promedio es de aprobación, calificación que no fue tomada en cuenta, pretendiendo suspenderla de su condición de Residente Médica (fs. 145); por otra parte, el 29 de abril de 2002 la recurrente presenta memoriales al Director del Hospital de Clínicas Universitario y  el Director del SEDES, elevando queja de que  la Jefatura de Personal de ese Hospital  retiró su tarjeta de control de asistencia, informándole que el ítem que le correspondía fue asignado a otra persona sin que se le comunique formalmente esa determinación (fs. 146 a 147), queja que reiteró al Director de la Comisión de Post Grado por memorial de 1 de mayo de 2002 (fs. 149).