Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1124/2002-R
Fecha: 18-Sep-2002
I.1.3 Autoridad o personas recurridas y petitorio
Por lo expuesto, plantean el recurso contra Emiliano Zeballos, Alberto Vallejos, José Martínez, Julio Cuaquira y Reymundo Reynaga, integrantes del Comité Electoral; Ricardo Paredes y Aurelio Romano, actuales directivos de la Cooperativa y contra Lorgio Roda Serrate, Director Regional del INALCO Santa Cruz, pidiendo se declare procedente el recurso, por ende, nulo el Comité Electoral y todos sus actos, así como el reconocimiento hecho a favor de éstos por el Director del INALCO; la inmediata desocupación y entrega de las oficinas de la Cooperativa, con auxilio de la fuerza pública y la calificación de daños y perjuicios en la suma de $US1500.-
- Wálter Negrete Chávez en representación de la Cooperativa de Servicios Públicos “Germán Busch” Ltda.
- I.1. 1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad o personas recurridas y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2 Informe de los recurridos
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.2
- III.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2
- III.4