Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Por otra parte, hizo notar que tanto en la reposición del expediente extraviado como en el procedimiento relativo al juicio en sí, no se cometió ningún error ni transgredió ninguna disposición legal, aclarando que no se corrió en traslado por cuanto
Fecha: 14-Ene-2003
II.4
II.4 El 21 de septiembre de 2002, la recurrente insiste ante la Jueza de la causa que proceda a la nulidad de obrados, debido a que en el sorteo de la causa no intervino el Vocal Semanero, extremo que se verifica al constatar que su firma no está inserta en el expediente (fs. 44), y por auto de 18 de octubre del presente año, la Jueza recurrida declaró improbado el incidente planteado (fs. 55).
- M
- I.1.1 Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3 Autoridad o persona recurrida y petitorio.
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida.
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- la firma del vocal semanero en el expediente es un formalismo no esencial, cuya prescindencia no puede ser causa de nulidad de obrados