SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2003-R

Fecha: 07-Ene-2003

a)

En el informe escrito que corre a fs. 44, el recurrido sostiene lo siguiente: a) en conocimiento del recurso de compulsa contra el Juez Primero de Instrucción en lo Penal Liquidador, dispuso la remisión del expediente con el informe del Juez compulsado, toda vez que en todo recurso de ese tipo, se solicita tal informe; b) dictó el Auto de 5 de septiembre de 2002, declarando ilegal la compulsa, en razón a que Gonzalo Céspedes presentó la solicitud de complementación y enmienda del Auto de 26 de julio, en forma extemporánea, ya que fue notificado el 1 de agosto, y debió presentar su pedido el 2 y no el 5 de agosto, sin que pueda justificar su proceder en el traslado del Juzgado, porque el art. 97 CPC señala las formas de presentación de los memoriales en caso de urgencia.