SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2003-R
Fecha: 07-Ene-2003
su escrito fue presentado fuera del término legal,
En el caso de autos, el recurrente solicitó complementación y enmienda del Auto de 26 de julio de 2002, por el que el Juez que conoce el sumario penal instaurado en su contra, rechazó su pedido de revocatoria del Auto Inicial de la Instrucción, empero, su escrito fue presentado fuera del término legal, ya que al ser notificado el 1 de agosto, debió plantear su pedido hasta el día siguiente, pero no lo hizo así, sino que presentó su solicitud el 5 de agosto, cuando el plazo ya había vencido.
Es necesario indicar que la disposición del Juez de Instrucción sobre la suspensión de la audiencia de declaración indagatoria que tenía programada para el 2 de agosto, de manera alguna implica que no pudieran presentarse memoriales en los diferentes procesos a su cargo, por una parte, y por otra, al encontrar cerrado el Juzgado, en virtud del traslado del mismo, el interesado tenía la potestad de presentarlo ante el Juzgado siguiente en número de la misma materia, o, finalmente seguir el procedimiento dispuesto por el art. 97 CPC, que dice: que “en caso de urgencia y estando por vencer algún plazo perentorio, los escritos podrán ser presentados en la casa del secretario o actuario, quien hará constar esa circunstancia en el cargo; si no fueren encontrados, el escrito podrá presentarse ante otro secretario o actuario o ante un notario de fe pública del respectivo asiento judicial”.
- Gonzalo Céspedes Paz
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1
- II.3 En 5 de agosto de 2002
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- su escrito fue presentado fuera del término legal,
- la apelación presentada el 15 de agosto
- III.3
- , APRUEBA