Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2003
Fecha: 28-Ene-2003
Fragmento 2
Que, la institución que representa ha sido sometida a un proceso de multas y sanciones conforme al art. 222 del Código Procesal del Trabajo (CPT), por haber cancelado el aguinaldo de Navidad a los servidores públicos dependientes de la Corte Departamental Electoral del Beni antes del 25 de diciembre, conforme manda la Ley de 18 de diciembre de 1944, pero después del 15 de diciembre, contraviniendo el Instructivo de la Dirección General del Trabajo para el sector público y privado.
- Milagro Nemer Ch., Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, a instancia de Luis Ramiro Beltrán Salmón, Presidente de la Corte Nacional Electoral
- Fragmento 2
- I.1.1. Relación sintética del recurso.
- I.1.2. Trámite procesal del incidente.
- I. 1.3. Resolución del Juez o Tribunal.
- II.1.
- II.3.
- III.1.
- las instrucciones no constituyen
- III.2.
- instructivo