SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2003

Fecha: 28-Ene-2003

II.3.

II.3. Que, a denuncia de los trabajadores de la Corte Departamental Electoral, mediante oficios de 7 y 18 de junio, el Director General del Trabajo instruye y luego conmina, al Presidente y Vocales de la Corte Nacional Electoral, al pago del aguinaldo doble en favor de los denunciantes (fs. 2 y 3); ante el incumplimiento los trabajadores de la Corte Departamental Electoral del Beni, el 07 de diciembre de 2001, demandaron al Presidente y Vocales de la Corte Nacional Electoral, el pago doble de aguinaldo de navidad gestión 2000; proceso actualmente radicado ante el Juzgado Tercero del Trabajo y Seguridad Social de La Paz (fs. 7-8).