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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2003
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2003

    Fecha: 28-Ene-2003

    II.1.

    II.1. Que, en de 17 de noviembre de 2000, el Director General de Trabajo y Microempresa, emitió una Instrucción, que en su numeral 10  textualmente dispone: “El aguinaldo de Navidad, por Ley de 18 de diciembre de 1944 y por la gestión correspondiente al presente año, deberá ser abonado impostergablemente hasta el 15 de diciembre en las instituciones públicas” (fs. 168-169); instrucción demandada de inconstitucional.

    • Milagro Nemer Ch., Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, a instancia de Luis Ramiro Beltrán Salmón, Presidente de la Corte Nacional Electoral
    • Fragmento 2
    • I.1.1. Relación sintética del recurso.
    • I.1.2. Trámite procesal del incidente.
    • I. 1.3. Resolución del Juez o Tribunal.
    • II.1.
    • II.3.
    • III.1.
    • las instrucciones no constituyen
    • III.2.
    • instructivo

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