Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0050/2003-R
Fecha: 15-Ene-2003
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo pronunció Resolución declarando improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) la autoridad recurrida previo dictamen fiscal ordenó la extensión de las fotocopias solicitadas; 2) no se ha violentado los arts. 69 y 301 del CNNA y 16.2) CPE y por consiguiente no hubo indefensión del recurrente; 3) no existió ninguna violación al procedimiento ni al derecho constitucional que invoca el recurrente.