Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2003-R
Fecha: 20-Ene-2003
II.4
II.4 Por SC 432/2002-R, de 15 de abril (fs. 10 a 15), este Tribunal revocó la Resolución emitida por el tribunal del recurso, declarando procedente el amparo constitucional planteado por Julio César Joaquín Paz Burgos en representación de Daniel César Pórcel Marquina, que fue dado de baja de ANAPOL por haber reprobado el examen de segundo turno (desquite) de la asignatura de Educación Física. En cumplimiento a ese fallo, el Consejo Consultivo de ANAPOL emitió la Resolución 012/2002 de 14 de mayo (fs. 23), por la que dispuso que el nombrado Cadete sea sometido al examen de segunda opción de acuerdo al cronograma de exámenes finales del segundo semestre de la gestión 2002.
- Julio César Joaquín Paz Burgos en representación de Dennis Dorian Gonzáles Cortéz
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso.
- I.2.2 Informe de los recurridos.
- a)
- PROCEDENTE
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Si bien es cierto que la Sentencia Constitucional 432/2002-R,
- de acuerdo a la prelación de normas legales que señala el art. 228 de la Constitución,
- no es menos evidente que Dennis Dorian Gonzáles Cortéz fue dado de baja al finalizar la gestión 2000, y durante la gestión 2001 no se evidencia ninguna documental que permita concluir que realizó reclamo alguno respecto de esa situación,