SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2003-R
Fecha: 20-Ene-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El presente amparo es planteado por el actor alegando que su representado fue dado de baja de ANAPOL por haber reprobado el examen de segunda instancia o desquite en la materia de Legislación de Tránsito, en aplicación de lo dispuesto por el Reglamento de Evaluación del Comportamiento y Régimen Disciplinario, que es una norma de inferior jerarquía y contradictoria al S.E.P., que reconoce la posibilidad de repetir la materia en una siguiente gestión, motivo por el que, la decisión de las autoridades recurridas, atenta contra sus derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, a recibir instrucción y adquirir cultura. Corresponde analizar si tales extremos dan lugar al otorgamiento de la tutela que brinda este recurso.
- Julio César Joaquín Paz Burgos en representación de Dennis Dorian Gonzáles Cortéz
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso.
- I.2.2 Informe de los recurridos.
- a)
- PROCEDENTE
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Si bien es cierto que la Sentencia Constitucional 432/2002-R,
- de acuerdo a la prelación de normas legales que señala el art. 228 de la Constitución,
- no es menos evidente que Dennis Dorian Gonzáles Cortéz fue dado de baja al finalizar la gestión 2000, y durante la gestión 2001 no se evidencia ninguna documental que permita concluir que realizó reclamo alguno respecto de esa situación,