SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0070/2003 - R
Fecha: 21-Ene-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, los recurrentes denuncian la vulneración de los derechos de la Cooperativa de Teléfonos Automáticos La Paz (COTEL) a la vida y su existencia, a la asociación, al trabajo y a la propiedad privada, previstos en el art. 7-a)-c)-d)-i) CPE, con el argumento de que los bancos representados por los recurridos niegan el retiro de firmas de los ejecutivos de DETECON en las cuentas que tiene la Cooperativa y el registro de las suyas, no obstante que el Poder que sustentaba el registro de firmas de los ejecutivos de la Administradora DETECON fue revocado y en su lugar se ha expedido Poder a sus personas para representar a COTEL. En consecuencia, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- Pierre Chain Wanna, Presidente de COTEL Ltda. y Germán Padilla Canaviri, Gerente General
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra Antonio Valda Careaga y Juan Carlos Salaues, representantes legales del Banco Nacional de Bolivia S.A. y del Banco Mercantil S.A., respectivamente;
- I.2.1
- (fs. 140-141)
- (fs. 581-590)
- improcedente
- II.1
- II.1.1
- II.1.2
- II.1.3
- II.1.4
- II.2.1
- II.2.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- APRUEBA