SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0079/2003-R
Fecha: 22-Ene-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
El recurrente en el escrito de 14 de noviembre de 2002 de fs. 25 a 27, manifiesta que como Director de la Unidad Educativa Técnico humanística vespertina “Las Américas”, dependiente de la Dirección Distrital de Educación La Paz II, fue denunciado por supuestas faltas disciplinarias que no cometió, motivando se abra en su contra sumario informativo sin su conocimiento en forma irregular e ilegal durante el descanso pedagógico de invierno. Es así que el 19 de junio de 2002, al apersonarse casualmente por la Dirección Distrital de Educación se enteró de la existencia del sumario, siendo notificado media hora antes de la fijada por el Tribunal Sumariante para que preste su declaración informativa, actuación ilegal que contraviene el art. 24.b) del Reglamento de Faltas y Sanciones del Personal Docente y Administrativo del Magisterio que establece que las citaciones deben efectuarse con 24 horas de anticipación.
Añade que obedeciendo instrucciones superiores, se presentó a la audiencia fijada que no se realizó por la inasistencia del Presidente del Tribunal, la que fue suspendida para el 21 de junio de 2002 en la que prestó su declaración informativa. Sin embargo, iniciado el referido sumario y con el argumento de existir denuncias por irregularidades y faltas cometidas en el ejercicio del cargo, el Presidente del Tribunal lo suspendió de sus funciones sin que se hubiera abierto proceso disciplinario en su contra y sin que exista sentencia o resolución. Ante tal injusticia y arbitrariedad, mediante notas de 19 de abril, 19 de junio y memorial del 12 de julio, todas de 2002, realizó aclaraciones sobre las supuestas denuncias solicitando la reincorporación a sus funciones haciendo notar que la medida de suspensión adoptada en su contra era ilegal, petición que a la fecha no tuvo respuesta, no obstante; de haber sido sustituida la autoridad que dispuso tal medida quien a su vez fue reemplazado por la actual Directora Distrital de Educación La Paz II - hoy demandada - quien tampoco se ha pronunciado sobre su solicitud de restitución, por lo que al no ser oído, formuló dos recursos de revocatoria en 30 de julio de 2002 y 21 de octubre del 2002 ante el Director Distrital de Educación La Paz II, sin obtener respuesta hasta que el 4 de noviembre de 2002, después de encontrarse suspendido por más de cinco meses, fue notificado con el auto inicial del proceso disciplinario que no lleva firmas de los miembros del Tribunal.