Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0079/2003-R
Fecha: 22-Ene-2003
II.4
II.4 Por memorial de 12 de julio de 2002, dirigido al Director Distrital de Educación, el recurrente aclara el contenido de las denuncias presentadas en su contra, señalando que la suspensión de funciones de que es objeto, atenta contra los arts. 3 al 6 del Reglamento de Faltas y Sanciones, solicitando que mientras no se compruebe su culpabilidad, se le restituya a sus funciones (fs. 9). Mediante memoriales de 22 de agosto 2002 y 21 de octubre de 2002, el recurrente interpone recurso de revocatoria ante el Director del SEDUCA contra la medida de suspensión de sus funciones adoptada por el Director Distrital de Educación (fs. 18 y 19).