SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2003-R
Fecha: 22-Ene-2003
II.4. En ejecución de sentencia del proceso ordinario
II.4. En ejecución de sentencia del proceso ordinario, el 10 de junio de 2002, el Juez recurrido conminó a la parte demandada María del Carmen Castillo Escobar, para que restituya el inmueble a su legítima propietaria bajo prevenciones de ley, habiendo el Oficial de Diligencias del juzgado representado que quien se encontraba en posesión del inmueble era una tercera persona de nombre Eduardo Saucedo, casero de la demandada, a quien por decreto de 3 de agosto de 2002, se le hizo nuevamente la conminatoria de ley con la que fue notificado el 5 de agosto de 2002, librando el 7 de septiembre de 2002 el mandamiento de desapoderamiento, el cual fue ejecutado el 15 de octubre de 2002 (fs. 435, 439-442, 445-446).
- Roberto Miranda Peña, en representación del Banco Económico S.A.
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe del recurrido
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4. En ejecución de sentencia del proceso ordinario
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR