Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0125/2003-R
Fecha: 29-Ene-2003
II.2.
II.2. La sentencia de 31 de agosto de 2001, declaró probada la demanda presentada por el recurrente e improbada la reconvencional, por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial. Asimismo, homologó la resolución de medidas provisionales con la modificación en cuanto a la tenencia del hijo menor, la misma que es confiada a ambos progenitores en forma compartida, una semana con la madre y la siguiente con el padre, con la entrega y recojo del menor en secretaría del juzgado los lunes a horas 17:45 (fs. 14-18).
- Jorge Roberto Piñero Romay
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de la recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- 15 de noviembre de 2001
- III.2.