Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0125/2003-R
Fecha: 29-Ene-2003
II.3.
II.3. El 3 de septiembre, 25 de octubre y 15 de noviembre de 2001, el recurrente pidió la entrega del menor por parte de la recurrida al Juez de la causa, mereciendo la providencia de 15 de noviembre de 2001 que dispone la notificación de la demandada para que cumpla lo dispuesto en sentencia en lo que se refiere al menor, mientras se resuelva el recurso de apelación (fs. 106, 112-113).
- Jorge Roberto Piñero Romay
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de la recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- 15 de noviembre de 2001
- III.2.