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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1442/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1442/2003-R

    Fecha: 01-Oct-2003

    representante del Ministerio Público,

    El representante del Ministerio Público, emite dictamen porque se declare improcedente el recurso con el argumento de que los recurrentes no observaron el avalúo del peritaje ni la complementación del mismo que fue ordenado por la autoridad demandada, así como  tampoco utilizaron los recursos que la ley les franquea.

    • recurso
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad  recurrida  y petitorio
    • I.2.1
    • 1)
    • representante del Ministerio Público,
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.4
    • II.5
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • APROBAR

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