Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1490/2003-R
Fecha: 20-Oct-2003
II.2
II.2 El 7 de julio de 2000, el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal dictó el Auto Inicial de la Instrucción contra José Víctor Pérez Coca, por el delito sancionado por el art. 335 CP, ordenando se expida el respectivo mandamiento de aprehensión imponiéndole las medidas cautelares señaladas en el art. 240.2) y 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP) las que a tiempo de prestar su declaración indagatoria podrían ser modificadas o ratificadas (fs. 56). El imputado se presentó voluntariamente y luego de prestada su declaración indagatoria se le impuso la medida cautelar comprendida en el inc. 6) del citado art. 240 CPP (fs. 57-60).