SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1490/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1490/2003-R

Fecha: 20-Oct-2003

III.1

III.1          El recurrente plantea por una parte infracciones que lesionan el debido proceso alegando falta de defensa técnica y material por parte de su abogado defensor  y, por otra, la vulneración del derecho a la libertad al haberse expedido mandamiento de condena en su contra como consecuencia del ilegal juzgamiento. En este sentido, la jurisprudencia constitucional ha establecido que el hábeas corpus tiene por finalidad esencial garantizar la libertad personal y de locomoción, y procede cuando una persona creyere encontrarse indebida e ilegalmente perseguida, procesada o presa, siendo necesario aclarar que cualquiera de estas situaciones deben estar estrechamente vinculadas con el derecho a la libertad  individual, y que la protección que brinda en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo en aquellos supuestos  en los que el indebido proceso está directamente vinculado con la privación de libertad, quedando por tanto las demás situaciones bajo la tutela que brinda el art. 19  CPE.  En el presente caso el recurrente afirma, que la privación de libertad de su representado, está vinculada estrechamente a la falta de defensa técnica y material, que dio lugar al mandamiento de condena en cuya ejecución se encuentra detenido.