Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1509/2003-R
Fecha: 24-Oct-2003
II.5.
II.5. Por escrito de 17 de enero de 2000 (fs. 118), la demandante solicitó la calificación de daños y perjuicios, la recurrente opuso excepción de oscuridad y contradicción en la demanda (fs. 122), contestó y reconvino la demanda (fs. 127), y propuso prueba (fs. 138), sin que en momento alguno haya impugnado las Resoluciones judiciales que señala como ilegales en su demanda de amparo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- 5 de enero de 1999
- no pudiendo ingresarse al examen del fondo de la problemática presentada.
- 1442/2002-R,
- APRUEBA