Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1509/2003-R
Fecha: 24-Oct-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En el presente amparo la recurrente alega que en el proceso ordinario que se siguió en su contra, fue notificada con la Sentencia mediante cédula en tablero del Juzgado, cuando debió ser una notificación personal, lo que objetó en un incidente de nulidad que fue rechazado, y esta determinación, confirmada en la alzada que intentó, lo que evidencia -según dice- que se han conculcado sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y la garantía del debido proceso. En ese sentido, corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- 5 de enero de 1999
- no pudiendo ingresarse al examen del fondo de la problemática presentada.
- 1442/2002-R,
- APRUEBA