SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1528/2003-R
Fecha: 27-Oct-2003
II.2
II.2 Por Resolución 15/2003 de 26 de marzo, el Director Distrital del Consejo de la Judicatura dispuso la apertura de proceso disciplinario contra la hoy recurrente y otras por supuestas faltas disciplinarias previstas en los arts. 39. 5) y 6) de la Ley 1817, y 22 -.I, 5) y 6) del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial (RPDPJ), conformando el Tribunal Sumariante compuesto por su autoridad, el Registrador de Derechos Reales de Santa Cruz y el Juez Primero de Sentencia de la Capital (fs. 72 a 73), Tribunal que el 27 de marzo del presente año dictó el correspondiente Auto de apertura de proceso disciplinario por las supuestas faltas disciplinarias previstas en el art. 39, num. 5 y 6 de la Ley 1817, y en el art. 22. I, num 5 y 6 RPDPJ, disponiendo como medida precautoria la suspensión temporal por 60 días de los implicados (fs. 74 75).