SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1530/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1530/2003-R

Fecha: 28-Oct-2003

1)

Brindó informe señalando: 1) por Resolución 103 de 17 de septiembre de 2003 rechazó el incidente de extramuro planteado por el recurrente, quien fundamentó su petitorio en la retroactividad de la ley dispuesta en la disposición transitoria primera del DS 27715 de 5 de agosto de 2002 que señala que en caso de que el interno hubiese sido condenado con anterioridad a la Ley 2298 y que la misma o sus reglamentos agravaren las condiciones para acogerse a los beneficios correspondientes a la pre-libertad, debe aplicarse la ley anterior y sus correspondientes reglamentos; 2) en virtud a ello dio estricta aplicación a la retroactividad de la ley, tomando en cuenta que la sentencia condenatoria a veinte años dictada por el Tribunal Primero de Sustancias Controladas de Cochabamba en contra del recurrente se ejecutorió con anterioridad a la Ley 2298, cuando se encontraba vigente la Ley de Ejecución de Penas y Sistema Penitenciario (DL 11080) que en su art. 22 prevé el sistema progresivo y en su inciso 3) la pre-libertad, que ha sido reglamentada por varias disposiciones, entre las cuales, la RM 3469 de 3 de agosto de 2001, cuyo art. 2.g) señala como requisito no haber sido condenado por delitos relacionados por la Ley 1008.