Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1549/2003 - R
Fecha: 30-Oct-2003
II.2.
II.2. Que, el 14 de septiembre de 1998, Estela Eugenia Quintanilla Uzeda suscribió con la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Jesús Nazareno” Ltda. un contrato de préstamo de dinero con la garantía hipotecaria del inmueble de su propiedad, sito en U.V. 92, Manzana 21, zona sur, con una superficie de 300 Mts2, registrado bajo la partida computarizada 010280082, folio 0139734 de 07 de marzo de 1997 (fs. 13-18), registrándose la hipoteca en la Matrícula 7.01.1.99.0014677, Asiento B-1, en 28 de septiembre de 1998, correspondiente a la partida WANG 113400, folio 0139734 (fs. 149).