Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1549/2003 - R
Fecha: 30-Oct-2003
II.5.
II.5. Que, previo informe de 13 de junio de 2003, elaborado por la Secretaria del juzgado, en sentido de que nadie vive en el inmueble (fs. 129), el juez expidió mandamiento de desapoderamiento el 25 del mismo mes y año, por el que ordenó al Oficial de Diligencias proceda al lanzamiento de la deudora, anticresista u otros habitantes del inmueble rematado (fs. 131).