SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1544/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1544/2003- R

Fecha: 04-Nov-2003

III.5

III.5  Que, por otra parte, si bien la jueza no declaró expresamente que dejaba sin efecto la suspensión, esta formalidad incumplida no dio lugar a la restricción del derecho a la defensa del recurrente, pues se reitera que fue éste quien dando por cumplido el plazo y por ende asumiendo que debía proseguirse el juicio, solicitó su sobreseimiento acompañando los fallos ejecutoriados del juicio del que dependía el juicio penal, de modo que la irregularidad quedó subsanada con su actuar, por lo mismo, la emisión del auto final de procesamiento no constituye tampoco vulneración a las normas del debido proceso y menos a la seguridad jurídica.