SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1572/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
La recurrente por sí y en representación de su mandante, afirma que la Jueza y Actuaria recurridas han vulnerado su “derecho a contar con bienes” por cuanto el Oficial de Diligencias del Juzgado procedió al embargo de los instrumentos de trabajo que son de su propiedad y los puestos de venta que son de propiedad de la Alcaldía Municipal donde desarrollan sus actividades para el sostén de su familia; sin embargo, frente a los reclamos que interpusieron y las tercerías de dominio excluyente que plantearon les fue negada la propiedad que tienen sobre los bienes, instrumentos de trabajo embargados, e ignorando que ellos no son parte del proceso ejecutivo que se tramita en el Juzgado. Por consiguiente corresponde analizar si en este caso se presentan los presupuestos que hacen viable que se otorgue la tutela que brinda este recurso.