SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1572/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
III.5
III.5 Finalmente, de la compulsa de los antecedentes se tiene que la recurrente ha solicitado el levantamiento de la medida precautoria tomada, en este caso, respecto del embargo de los bienes muebles cuya posesión vale por título y bienes que siendo de propiedad municipal son inembargables, solicitud que no fue resuelta por cuanto la misma recurrente interpuso tercería de dominio excluyente; en todo caso, al estar pendiente de resolución, la solicitud impetrada antes señalada, determina igualmente la improcedencia del presente recurso pues está pendiente de resolución que deberá ser fundamentada y absolver en su caso, extremos tales como, la acreditación del derecho de usufructo sobre los puestos de venta o quien tiene el poder de hecho sobre los bienes.