Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1577/2003 -R
Fecha: 10-Nov-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente solicita tutela a sus derechos a la igualdad, a la defensa y al debido proceso, consagrados en los arts. 6-I, 16-II y IV CPE, por cuanto en la tramitación del proceso coactivo seguido en contra de su mandante, el Juez recurrido no ha cuidado que el mismo se desarrolle sin vicios de nulidad, como es la falta de citación personal con la demanda, notificaciones con la sentencia, avalúo pericial y Auto de 29 de mayo de 2002. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales, lesivos a los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar la tutela solicitada.