SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1638/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1638/2003-R

Fecha: 17-Nov-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 2 de septiembre de 2003 (fs. 36 a 40), el recurrente señala que postuló a la Dirección de la Unidad Educativa “Juana Azurduy de Padilla” de Oploca, resultando ganador, por lo que el Director Distrital -hoy recurrido- le extendió el memorando de designación 001079 de 8 de agosto de 2003 y lo posesionó al día siguiente, incluso, ante la impugnación de su postulación por Jorge Ochoa, el Tribunal de Impugnaciones, del que es miembro el recurrido lo ratificó en su cargo; sin embargo, curiosamente a los pocos días el demandado desconociendo sus determinaciones le extendió el memorando 12003 de 29 de agosto de 2003 despidiéndole del cargo, sin motivo o justificativo legal.

Frente a esa ilegal situación formuló varios reclamos recibiendo un trato indignante por parte del recurrido, quien se limitó a indicar que recibía órdenes superiores sin explicarle porqué le negaba un derecho legalmente adquirido. Del mismo modo remitió memoriales al SEDUCA-Potosí y al Ministro de Educación, no obstante que estas autoridades no tienen atribuciones para designar a los Directores de Unidades Educativas.