Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1665/2003 - R
Fecha: 17-Nov-2003
III.1
“la regla general del nuevo sistema procesal penal es el principio de legalidad o de obligatoriedad, según el cual corresponde al Ministerio Público instar la acción penal y dirigir la investigación, cuando tenga conocimiento de la perpetración de un delito y existan mínimas razones de su comisión, como se colige de las previsiones contenidas en los arts.73, 302 CPP”.