SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1665/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1665/2003 - R

Fecha: 17-Nov-2003

procedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, declaró procedente el recurso, dejando sin efecto el Auto de 20 de agosto de 2003, con los fundamentos siguientes: a) que el Fiscal de oficio o a petición de parte, deberá exhortar a conciliación, como prevé el art. 65 LOMP; b) que el Juez tiene competencia para homologar la conciliación; y c) que la autoridad recurrida, al haber rechazado el recurso de reposición, vulneró el principio de objetividad de la función del Ministerio Público y desconoció su propia competencia.