Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1668/2003-R
Fecha: 18-Nov-2003
II.3
II.3 Que en fecha 29 de enero de 2003, dándose por notificado con el Auto de 29 de octubre, la querellante y recurrente interpone apelación incidental (fs. 7 a 9), que es corrido en traslado por decreto de 31 de enero de 2003 (fs. 6), y concedido por Auto de 12 de marzo (fs. 26), mereciendo parte de la Sala Penal Primera, el decreto de 30 de mayo de 2003 por el que se rechaza el tratamiento de la apelación y ordena la devolución de obrados al juzgado de origen (fs. 1) habiendo sido remitido con nota de 14 de julio de 2003 y, recibido en el Juzgado Cuarto de Sentencia el 2 de agosto de 2003 (fs. 2).