Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1671/2003 -R
Fecha: 21-Nov-2003
II.1
II.1 Por Ordenanza Municipal 1703/95 y 1888/96 de 24 y 29 de noviembre respectivamente, la Alcaldía de la ciudad de Cochabamba, determinó la expropiación de 1460 m2 de superficie de dos terrenos de propiedad de los recurrentes, número 24 y 27, manzano 133, distrito 22 de la zona de Condebamba, con la reducción de un área no indemnizable por la faja de seguridad de la quebrada de “Tirani”, para lo cual previo avalúo de un perito dirimidor, se fijó la suma de Bs349.232.- que debía indemnizarse a los propietarios, monto que fue aprobado por Resolución Técnico Administrativa 1852/97 de 2 de octubre, emitida por el Alcalde de dicha ciudad (fs. 1 a 6).