Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1675/2003-R
Fecha: 24-Nov-2003
III.1.
III.1. La Jurisprudencia constitucional sentada por el Tribunal Constitucional señala que el recurso de amparo debe ser presentado dentro del término máximo de seis meses”, como se ha indicado en la SC 1442/2002-R, criterio reiterado en SSCC 1157/2003-R, 1013/2003-R, 1007/2003-R, 1337/2003-R, 1346/2003-R entre otras.