Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1692/2003-R
Fecha: 24-Nov-2003
II.2
II.2 Mediante memorando de 14 de septiembre de 2002, el Director de SEDES y de Personal-Regional Chuquisaca comunican al recurrente que en el proceso de transformación de las estructuras del Poder Ejecutivo y de los Gobiernos Departamentales, corresponde a esa Dirección efectuar las adecuaciones que permitan un mejor funcionamiento de los servicios, por lo que prescinden de sus servicios a partir de esa fecha (fs. 3).