SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1692/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1692/2003-R

Fecha: 24-Nov-2003

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

       El recurrente sostiene que la autoridad recurrida ha vulnerado sus derechos a la defensa, al trabajo y a la petición, pues no obstante de haber sido designado como Odontólogo del Servicio de Salud-Sucre el 1 de septiembre de 1997, cargo que ejerció  durante cinco años, el 14 de septiembre de 2002, el Director de SEDES mediante memorando de la misma fecha prescindió de sus servicios sin causal justificada ni someterlo a previo proceso como lo establece el Estatuto del Funcionario Público, al que está sujeto por  su condición de funcionario público. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.