SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1711/2003 - R
Fecha: 24-Nov-2003
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró procedente el recurso, dejando sin efecto el Auto de 21 de marzo de 2003 y el Auto de Vista de 29 de julio de 2003, sin responsabilidad, con los fundamentos siguientes: a) que se rechazó la reapertura del proceso, sin considerar que para reabrir el mismo no se necesitan pruebas, sino simples indicios o elementos de juicio, b) la documental de fs. 5.739 a fs. 5.741 (o de fs. 109 a fs. 111 de obrados), evidencian que existen indicios que no han sido considerados, pero que merecen ser investigados en un sumario; y c) por lo que las autoridades judiciales recurridas han incurrido en actos ilegales al rechazar la investigación.