Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1729/2003- R
Fecha: 28-Nov-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, solicitan tutela a su derecho a una remuneración justa, consagrado en la norma prevista en el art. 7.j) CPE, denunciando que ha sido vulnerado por el recurrido, puesto que pese a haber sido ascendidos como Administradores Regionales, sus salarios han sido recortados, porque ahora no se les cancela las categorías médicas ni el escalafón profesional, percibiendo actualmente una suma menor a la que antes recibían como médicos de base. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son ciertos y si constituyen actos ilegales lesivos del derecho fundamental referido, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.