SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1729/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1729/2003- R

Fecha: 28-Nov-2003

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo, en desacuerdo con el dictamen Fiscal, declaró improcedente el recurso, sin costas ni multa, con los fundamentos siguientes: a) que, el recurso se fundamenta en la respuesta PD-812/03 de 11 de julio remitida por el recurrido, donde se puso a conocimiento el informe de asesoría legal, que menciona que los cargos que ocupan los administradores Regionales son administrativos, sin goce de categoría profesional y escalafón, puesto que a éstos sólo tienen acceso los que desempeñan funciones asistenciales y no es evidente una disminución salarial, sino un incremento respecto a su anterior actividad, por lo que corresponde emitir una decisión ejecutiva considerando las disposiciones del Ministerio de Hacienda que es el órgano rector del sistema financiero del país, b) que, la disminución o rebaja de los haberes significan un despido indirecto, aspecto que se estaría dando en el caso presente, ya que en lugar de estimularles con mejores ingresos por su larga trayectoria, se les disminuyó a los recurrentes, con sus ascensos y c) que, pese a lo expresado, los recurrentes no agotaron las vías o recursos legales que les franquea la ley laboral que es la llamada a resolver este problema, no siendo sustitutivo el amparo constitucional.