Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1763/2003-R
Fecha: 01-Dic-2003
II.4.
II.4. Según afirma el recurrente (fs. 21 vta.) -no desvirtuado por el recurrido- tomó conocimiento de la Sentencia de 8 de julio de 2002, mencionada en el numeral precedente, recién el 10 de mayo de 2003, cuando solicitó un testimonio al Juzgado de la autoridad recurrida. Al respecto, adviértese que el Testimonio que sale de fs. 1 a 4, franqueado a pedido del actor, lleva fecha de 19 de mayo de 2003.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- Sentencia Constitucional (SC) 1351/2003-R, de 16 de septiembre
- a)
- Fragmento 6
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- En suma, es el derecho al respeto de "ser uno mismo" y ser conocido en la sociedad como tal
- III.2
- teniendo, por consiguiente, pleno derecho de continuar utilizándolo en el marco del ejercicio del derecho al nombre y a la identidad, sin que ello implique la lesión de derecho alguno del recurrente,
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA