SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1763/2003-R
Fecha: 01-Dic-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En el presente recurso, el actor alega que el Juez recurrido vulneró su derecho al nombre y la garantía del debido proceso, al haber pronunciado sentencia en la que declaró probada la demanda ordinaria de nulidad de partida interpuesta por sus ex hijas adoptivas contra la Dirección Departamental del Registro Civil de Chuquisaca, y dispuso se consigne su apellido “Loayza” en las partidas de nacimiento de las demandantes, sin haberlo citado no obstante concernirle la otorgación de su apellido a personas que no tienen ningún vinculo de parentesco con él; además de haber desconocido la autoridad de cosa juzgada de la Sentencia pronunciada por el Juez Segundo de Familia que restituyó su apellido original a las demandadas. En ese sentido, corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- Sentencia Constitucional (SC) 1351/2003-R, de 16 de septiembre
- a)
- Fragmento 6
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- En suma, es el derecho al respeto de "ser uno mismo" y ser conocido en la sociedad como tal
- III.2
- teniendo, por consiguiente, pleno derecho de continuar utilizándolo en el marco del ejercicio del derecho al nombre y a la identidad, sin que ello implique la lesión de derecho alguno del recurrente,
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA