SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1763/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1763/2003-R

Fecha: 01-Dic-2003

improcedente

La Sentencia 231, cursante de fs. 56 a 58, pronunciada el 1 de octubre  de 2003 por la Sala Civil Primera  de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, declara improcedente el recurso, con costas y multa a calificarse en ejecución de resolución, bajo estos fundamentos: 1) “si se concediera este amparo, disponiéndose  que se elimine el apellido ahora convencional Loayza...en rigor de verdad, se ingresaría a rever fallos pronunciados en la vía ordinaria, pero, además, se afectaría su identidad, y la identidad es el elemento más importante de la personalidad, porque cumple una función individualizadora, es decir, de identificación en la sociedad y en la vida social durante mucho tiempo, frente a todos, han sido individualizadas con el apellido Loayza, que ahora lo llevan sólo de manera convencional”; 2)  la Sentencia impugnada en este recurso, “no ha restituido el parentesco civil o adoptivo, únicamente ha resuelto un derecho que tiene toda persona, el derecho al nombre”; 3) el amparo constitucional no es sustitutivo, supletorio o de cancelación de otras acciones tendientes al resguardo  y protección de garantías constitucionales, de manera que si el recurrente considera que el uso del apellido Loayza por parte de Mabel Shirley y Yomar Fabiola, le causa perjuicio, tiene a su alcance “la defensa que establece el art. 12 del Cód. Civ.”