SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1781/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1781/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

III.1.

III.1. En el caso de autos, el recurrente denuncia que sujetos desconocidos, sin tener mandamiento de allanamiento ni orden de detención, procedieron a golpearlo brutalmente hasta dejarlo inconsciente, para luego ser conducido hasta dependencias de DIPROVE; sin embargo, contradictoriamente plantea el presente recurso contra el fiscal Santiago Ugarte y los funcionarios policiales, Carlos Dávila Diez, Francisco Quispe Machaca y Juanito Calle Escalante, quienes no ordenaron ni participaron en los hechos reclamados como ilegales, motivo por el cual carecen de legitimación pasiva y personería para ser demandados, pues conforme ha establecido el Tribunal Constitucional en las SSCC 126/2003-R, 1602/2002-R, 1555/2002-R, entre otras, la legitimación pasiva es considerada como la: "calidad que se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción", concurrencia que no se da en el presente caso, habida cuenta que de los antecedentes que informan el expediente, se establece que los actos denunciados fueron protagonizados por empleados del radio taxi “Diplomado” siendo el recurrido remitido por ellos mismos a dependencias de DIPROVE, en mérito al auxilio de funcionarios policiales del retén de Villa Adela.