SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1785/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1785/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

a)

Los co-recurridos Marcelo y Patricia Rodríguez, sostuvieron lo siguiente: a) en ningún momento se negó al recurrente el derecho de apelar, simplemente al Tribunal Sumariante no se le abría competencia para conocer este caso; b) el DS 23318-A en su art. 23 fue modificado por el DS 26237 que se refiere al recurso de revocatoria y jerárquico y no se habla de apelación; c) el recurrente debió haber interpuesto recurso de revocatoria bajo alternativa de apelación, siendo uniforme la jurisprudencia al respecto. Solicitaron se declare improcedente el recurso.

El co-demandado Luis Michel López en su memorial de fs. 22 hizo constar lo que sigue: a) su persona fue de voto disidente respecto al fallo de destitución pronunciada por el Sumariante; b) la resolución sobre la apelación planteada la suscribió orientado por el criterio del abogado secretario del Tribunal Sumariante, quien manifestó que esa apelación estaba incorrectamente planteada.