SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1785/2003-R
Fecha: 05-Dic-2003
a)
Los co-recurridos Marcelo y Patricia Rodríguez, sostuvieron lo siguiente: a) en ningún momento se negó al recurrente el derecho de apelar, simplemente al Tribunal Sumariante no se le abría competencia para conocer este caso; b) el DS 23318-A en su art. 23 fue modificado por el DS 26237 que se refiere al recurso de revocatoria y jerárquico y no se habla de apelación; c) el recurrente debió haber interpuesto recurso de revocatoria bajo alternativa de apelación, siendo uniforme la jurisprudencia al respecto. Solicitaron se declare improcedente el recurso.
El co-demandado Luis Michel López en su memorial de fs. 22 hizo constar lo que sigue: a) su persona fue de voto disidente respecto al fallo de destitución pronunciada por el Sumariante; b) la resolución sobre la apelación planteada la suscribió orientado por el criterio del abogado secretario del Tribunal Sumariante, quien manifestó que esa apelación estaba incorrectamente planteada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- III.3.
- la garantía del debido proceso no está instituida para salvaguardar el ritualismo procesal, sino para garantizar que el mismo se desarrolle revestido de las garantías esenciales, entre ellas: el derecho al juez natural; a la defensa; a la presunción de inocencia; a la congruencia de la sentencia; congruencia entre imputación y condena; garantías que, como lo ha establecido la jurisprudencia de este Tribunal, son extensivas a todos los ámbitos donde se sustancia y resuelva una controversia que afecta derechos e intereses de las personas
- el principio de informalismo consiste en la excusación de la observancia de exigencias formales no esenciales y que pueden cumplirse después
- principio de favorabilidad, entendido por este Tribunal en SC 136/2003-R, en sentido de que '... el intérprete está obligado a optar por aquel entendimiento interpretativo que desarrolle de mejor forma y con la mayor efectividad, los derechos, principios y valores que consagran el orden constitucional'
- III.5.
- APRUEBA